Multas de Tránsito

consulte si su vehículo posee o no multas de tránsito no pagadas. Haga click en la imagen y ponga la patente del vehículo (las multas se asocian a la patente, no al RUT o RUN del dueño)

Compra o venta de vehículos usados

- Al adquirir un vehículo usado, es importante solicitar al vendedor no sólo el Certificado de Anotaciones Vigentes del Vehículo, donde aparecen eventuales prendas o prohibiciones de enajenar, sino también el Certificado de Multas no Pagadas, ya que en ocasiones el monto a pagar por este concepto puede ser muy alto.

- Es posible que, al adquirir el vehículo, no existan multas vigentes, pero meses más tarde éstas aparezcan en el Registro, con fecha de infracción anterior a la fecha de la compra. En este último caso, el nuevo dueño puede acudir al Juzgado de Policía Local que impuso la multa para solicitar se le absuelva del pago. En la mayoría de los casos el magistrado accede a la petición.

- Hay empresas que ofrecen el servicio de verificar las multas de un vehículo, y venden dicha información. Tenga presente que la única información oficial para efectos de obtener el permiso de circulación es la que consta en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas.

- Hay una página Internet del Ministerio de Obras Públicas que informa las infracciones TAG. Tenga presente que ésas no son multas impagas, sino sólo denuncias. Puede ser que esas infracciones se hayan absuelto, o hayan sido pagadas, o ya se hayan eliminado del Registro. No es información sobre multas, sino sobre infracciones.

- El vendedor de un vehículo puede exhibirle los comprobantes de pago de sus multas, y que sin embargo éstas permanezcan vigentes. Ello es posible, ya que puede ser que la Tesorería Municipal que recibió el pago aún no lo haya informado al Registro. La Tesorería Municipal es la que tiene esa responsabilidad.


¿Cómo se eliminan las multas?

- Una vez publicadas en el Registro, las multas pueden eliminarse por pago o por resolución judicial.

- Las multas pueden pagarse en cualquier municipalidad del país, no es necesario que sea la misma en que se cursó la infracción.

- Una vez pagada, la Tesorería Municipal que recibió el pago tiene el deber de informarlos al Registro, cancelando al mismo tiempo el arancel que cobra el Registro Civil.

- La multa se elimina en forma automática una vez que la Tesorería ha mandado el informe y realizado los pagos que corresponde.

- La multa se elimina por resolución judicial cuando el mismo Juzgado de Policía Local que aplicó la sanción lo ordena.

- El juez puede declarar la prescripción de la multa (3 años después de publicada en el Registro), o absolver al propietario del vehículo, o declarar que se cometió un error al anotarlo, o cualquier otra causal.

- La resolución judicial que ordena eliminar debe ponerse en conocimiento del Registro, ya sea porque el mismo tribunal la envía por correo al Servicio o porque el interesado presenta la copia autorizada de ella en nuestras oficinas.

- Una vez que el Servicio recibe la resolución, nos demoramos un máximo de siete días hábiles en practicar la eliminación. Tenga presente que este plazo puede ser mayor durante el período de renovación de permisos de circulación, por la enorme cantidad de resoluciones que se recibe.

Lo que se anota en el Registro

- En el Registro se anotan las multas impuestas por infracciones que se cursan cuando el infractor no se encuentra presente, o el vehículo está en movimiento.

- Casos frecuentes son las que se cursan a los vehículos mal estacionados (en lugares prohibidos o destinados a personas con discapacidad) y las infracciones cometidas en autopistas (como circular sin el dispositivo electrónico para el pago de peaje).

- El Juzgado de Policía Local manda una carta certificada para informar al propietario del vehículo que se le ha cursado un parte.

- La información se anota en el Registro sólo cuando el Juzgado de Policía Local dicta sentencia, y la multa no es pagada por el infractor.

- Es el Juzgado de Policía Local el que comunica las multas morosas al Registro para que sean publicadas.

Las multas se anotan por patente, no por número de RUN o RUT, de manera que si el vehículo cambia de dueño, las morosidades que tenga van a seguir existiendo.

¿Cómo funciona el registro de multas?

- Este Registro está regulado por la Ley Nº 18.287, en sus artículos 24 y 24 bis. El Reglamento fue aprobado por DS Nº 61, del año 2008.

- Para que una multa aparezca en el Registro, el procedimiento es el siguiente:

1. Se cursa una denuncia de las previstas en el inciso 3° del artículo 3° de la ley 18.287 (cuando el infractor no se encuentra presente o el vehículo se encuentra en movimiento).

2. La infracción se le comunica al interesado por carta certificada que se le envía al domicilio.

3. El denunciado no comparece al JPL, y entonces se le impone una multa, que queda impaga. También puede ser que sí comparece, pero no paga la multa.

4. El Secretario del JPL debe enviar cada dos meses la lista de multas impagas al RMTNP, que toma nota de ellas.

5. Las multas empiezan a aparecer en el Registro al día siguiente de haberse comunicado por el tribunal.


- La Ley ordena al Servicio que, en diciembre de cada año, confeccione una nómina de todos los vehículos que tengan multas impagas al 30 de noviembre.

- Durante el mismo mes de diciembre, la nómina se envía a todas las municipalidades del país. Esa información es la que se utilizará para el proceso de renovación de permisos de circulación.

- El permiso de circulación sólo puede renovarse si no figuran multas impagas, o si éstas se pagan junto al permiso. Si se ha pagado la multa después del 30 de noviembre, y antes de ir a pagar el permiso, la presentación de los comprobantes de pago permite renovar el permiso.

- Cuando la multa se paga, la Municipalidad respectiva tiene que informar al Registro, y remite el arancel ($2.700), para que se proceda a la eliminación.

- El Registro Civil desarrolló un portal en Internet para operar este Registro, que se actualiza permanentemente, y tanto el ingreso como la eliminación de las multas son automatizados, de manera que no tienen demora.

- Adicionalmente los Juzgados y las Municipalidades pueden acceder directamente a este portal Internet, para ingresar sus informes de multas y de pagos de manera más ágil.

- Aún así, pueden transcurrir algunos meses entre que se comete la infracción y la multa aparece en el Registro, y esto se debe principalmente a los procedimientos policiales, que son muy formales y que deben ser respetados paso a paso.

El registro y los permisos de circulación

- La Ley establece que el Registro Civil debe enviar la información de las multas no pagadas vigentes al 30 de Noviembre de cada año a todas las municipalidades del país, lo que debe hacerse en el mes de diciembre. Ésta es la información que usan las municipalidades para el proceso de renovación de permisos de circulación.

- No es posible renovar el permiso de circulación si existen multas pendientes de pago, a menos que se paguen en conjunto.

- Puede ser que una multa se haya eliminado con fecha posterior al 30 de Noviembre, y antes de pagar el permiso de circulación. En ese caso, debe presentar los comprobantes de pago al renovar su permiso. Es aconsejable que guarde una copia de los comprobantes en su poder.

- La base de datos del Registro se actualiza a diario, y sólo es la información que tienen las municipalidades la que se envía en el mes de diciembre.

- Es posible que el Juzgado de Policía Local haya ordenado la eliminación de la multa en fecha posterior al 30 de Noviembre. En ese caso, debe presentar copia autorizada de la resolución judicial al renovar su permiso. Es aconsejable que guarde una copia en su poder.

- Es recomendable informarse durante los meses de enero y febrero si tiene o no multas impagas, para que tenga el tiempo suficiente de resolver la situación.

ver además:

Multas por Tag o Deuda del Tag

No hay comentarios:

Publicar un comentario